L´argent, par définition, n'a pas de conscience (paráfrasis de A. Camus, Témoins n. 5)

Sapere aude! (I. Kant)

Un peu d'agitation donne du ressort aux âmes, et ce qui fait vraiment prospérer l'espèce est moins la paix que la liberté (Du contrat social, JJ Rousseau)

"la historia está repleta de credos e instituciones que son de valor incalculable al principio, y quedan obsoletos y casi inservibles después" (Walter Bagehot)

"Si tes projets portent à un an, plante du riz; à vingt ans, plante un arbre; a plus d'un siècle, développe les hommes" (Proverbio)

"He visto cosas que vosotros no creeríais (o sí)" (Paráfrasis de Roy Batty)

"El hombre que encuentra que su patria es dulce no es más que un tierno principiante; aquel para quien cada suelo es como el suyo propio ya es fuerte; pero sólo es perfecto aquel para quien el mundo entero es como un país extranjero" (Hugo de San Víctor)

"Se puede engañar a algunos todo el tiempo y a todos algún tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo." (Abraham Lincoln)

"What counts in life is not the mere fact that we have lived. It is what difference we have made to the lives of others that will determine the significance of the life we lead." (Nelson Mandela)

"There are no two words in the English language more harmful than "good job""
(Terrence Fletcher)

miércoles, 7 de enero de 2015

Constitución Española, Artículo 20
    1. Se reconocen y protegen los derechos:
        a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
        b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
        c) A la libertad de cátedra.
        d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
    2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
    3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
    4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
    5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial

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